Un Beneficiario FEDER puede pagar gastos de viaje y alojamiento a un participante asociado y/o a un participante de tercer país siempre que el gasto corresponda a actividades del formulario en las que estuviera prevista su participación.
No son elegibles el pago de dietas pero sí gastos de alojamiento en pensión completa o comidas de trabajo y deberán constar facturas acreditativas de los mismos.