El gasto de un viaje anulado no es subvencionable debido a que no se ha llevado a cabo la acción relacionada con el proyecto objeto de ayuda, no considerándose un gasto afecto al citado proyecto.
Asimismo, entre las consideraciones generales que se establecen en el apartado 2 de las Normas de Subvencionabilidad del Programa para que los gastos puedan ser subvencionables, está que “el gasto ha servido para un uso directamente vinculado con acciones efectivamente realizadas”.