Será considerado elegible el coste del test COVID del personal de la entidad beneficiaria y del socio del tercer país pero no el de los expertos externos contratados. Esos gastos deberían estar incluidos en la contratación tramitada con el experto externo, siendo dicho experto el que debe abonar por su cuenta el señalado coste.
El gasto sería elegible si es requisito obligatorio para la entrada y salida en el país/región correspondiente. Este aspecto deberá figurar en una Declaración firmada por el trabajador que se desplaza. Se deberá también incluir en dicha Declaración lo establecido en el punto 4.
Si el trabajador de la entidad beneficiaria se desplaza con motivo de varias finalidades (no solamente con motivo del proyecto o para varios proyectos), deberá declarar la parte proporcional del coste del test COVID en su caso.
El trabajador que se desplaza deberá asegurar en la Declaración firmada que este gasto no lo están cubriendo los seguros privados ni los seguros de viaje, porque en caso contrario habría doble financiación.
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